En Español: Arrestado por DUI en Condado de Los Ángeles

Lista de cosas que hacer luego de ser arrestado por DUI en Condado de Los Ángeles

  1. Debe contactar al DMV dentro de los 10 días de su arresto.
  2. Advierta y recuerde lo que el oficial de policía hizo y le dijo.
  3. Piense qué clase de representación legal quiere.
  4. Decida cuáles son sus metas para resolver el caso; aceptar una sentencia acordada o tener un juicio por jurado.

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#1 Llame al DMV inmediatamente

#1 Llame al DMV inmediatamente ­

esto es lo primero que debe hacer luego de ser arrestado por DUI (para llamar al DMV y obtener un aplazamiento y una audiencia sólo tiene 10 días a partir de la fecha del arresto) (si lo desea, puede contactarse con nuestra oficina (310) 285-1516 y conseguiremos un aplazamiento y una audiencia de DMV para usted). Nota ­obtenga un aplazamiento y una audiencia incluso si su licencia está suspendida, así que llámenos! Vea Licencia y el DMV más abajo.

Números de teléfono y fax del DMV

  • Si lo arrestan en Los Ángeles Oeste llame al (310) 615-3500
    Fax (310) 615-3581
    ,
  • Si lo arrestan en Los Ángeles Este llame al (323) 724-4000
    Fax (323) 724-9262
    ,
  • Si lo arrestan en San Fernando Valley llame al (818) 376-4271
    Fax (818) 376-4215


#2 Advierta y recuerde

#2 Advierta y recuerde

Advierta y recuerde lo que el oficial de policía hizo y le dijo luego de ser arrestado por DUI, el oficial de policía prepara un informe escrito de su arresto, que luego llega a la oficina del fiscal, y luego a la corte.

En este informe policial, usted descubrirá por qué lo detuvo el oficial, cómo conducía según la opinión del oficial, cuáles fueron sus síntomas objetivos (por ejemplo, aliento a alcohol, ojos llorosos y rojos, mala pronunciación, etc), los resultados de su prueba de sobriedad, sus respuestas a la mayoría de las preguntas respecto de cuánto debe beber y cuándo, de dónde venía, etc.

A menudo, el informe policial contiene opiniones parciales, omite información que lo beneficia a usted y exagera otra información para perjudicarlo ante el fiscal.

Es importante que advierta y recuerde lo que el oficial le dijo e hizo, y que preserve cualquier otra evidencia que lo pueda ayudar: ¿el oficial le dijo dónde detener su auto? ¿Hubo testigos de su arresto y testigos que lo vieron bebiendo? ¿Estuvo el oficial con usted los 15 minutos anteriores al momento en el que sopló en la máquina del aliento, observándolo detenidamente? ¿Vomitó, eructó, fumó o bebió algo justo antes de soplar en la máquina del aliento? ¿El oficial dijo o hizo algo inusual o inapropiado? ¿El oficial era joven e inexperimentado y estaba siendo capacitado por un oficial mayor? Advierta y grabe toda la evidencia potencial que lo pueda ayudar en la corte y en la audiencia de DMV.


#3 Representación legal

#3 Representación legal

En algún punto usted debe decidir si desea ser su propio representante, obtener los servicios de un defensor público (la corte le asignará un abogado en caso de que no pueda pagar uno) o contratar un abogado privado. Luego de ser arrestado por DUI, recibirá entre 30 y 100 cartas de abogados privados publicitando sus servicios. Si no quiere contratar un abogado privado, en la primera citación judicial puede solicitar los servicios de un defensor público, y la corte evaluará si usted califica o no para los servicios del defensor público; (esto depende de cuánto gana, y si califica, la corte le asignará un abogado)

En la primera citación, también puede ir a la corte por sus propios medios y solicitarle al juez una prórroga de dos a tres semanas, a fin de contratar un abogado, y el juez le garantizará una prórroga a estos fines.

En algunas situaciones, usted puede obtener en la corte los mismos resultados que un abogado, así que debe evaluar lo que el contratar un abogado privado puede hacer por usted. Debe pensar si vale la pena contratar a un abogado privado.

Abogado privado

Cómo puede ayudarlo potencialmente un abogado privado? Algunos ejemplos:

  1. Ir a la corte por usted, de modo que usted no debe ir y presentarse en la corte ante el juez.
  2. Manejar su audiencia de DMV y ayudarlo con su licencia.
  3. Conducir la investigación y el descubrimiento en el caso, para determinar cuan confiable y contundente es la evidencia del Gobierno contra usted, y evaluar el arresto realizado por el oficial de policía.
  4. Negociar por usted una sentencia de conformidad.
  5. Ayudarlo a decidir si quiere ir a juicio o llevar a cabo una sentencia de conformidad con el fiscal.
  6. Ayudarlo a obtener alternativas a la sentencia.
  7. Asistirlo en el caso y aconsejarlo sobre sus opciones.
  8. Tratar de protegerlo de cualquier castigo adicional.


#4 Determine sus metas para resolver el caso

#4 Determine sus metas para resolver el caso;

Sentencia de conformidad o juicio

En algún momento durante su caso, deberá tomar una decisión; ya sea que desea llegar a un acuerdo con el fiscal mediante una sentencia de conformidad, o que prefiere llevar su caso a juicio y seleccionar un jurado que decida si usted es culpable o inocente. Ambas opciones presentan ventajas y desventajas. Esta decisión no debe tomarse inmediatamente, y suele ser más prudente tomarla luego de analizar y evaluar toda la evidencia de su caso y todas las consecuencias potenciales con respecto a su trabajo, su licencia, y su seguro. Por favor, vea Sentencia de conformidad o Juicio más abajo.


Su licencia y el DMV

Su licencia y el DMV

Cuando lo arresta por DUI, el oficial casi siempre le quitará su licencia y le dará a cambio un papel rosa, que será su licencia temporaria por 30 días. Este documento es muy confuso y difícil de entender. El último renglón dice que usted tiene solamente 10 días para llamar al DMV luego de su arresto y que debe llamar a oficinas específicas del DMV y no a su oficina local del DMV, donde probablemente no reciba la información correcta..

Números de Teléfono y Fax del DMV

Si lo arrestan en Los Ángeles Oeste llame al (310) 615-3500 Fax (310) 615-3581,
Si lo arrestan en Los Ángeles Este llame al (323) 724-4000 Fax (323) 724-9262,
Si lo arrestan en San Fernando Valley llame al (818) 376-4271 Fax (818) 376-4215

Cuando llame al DMV, solicite que le garanticen un aplazamiento y una audiencia. Un aplazamiento le permite seguir conduciendo incluso luego de que su licencia rosa temporaria por 30 días expire; por lo tanto, esto quiere decir que puede seguir conduciendo al menos hasta la fecha de su audiencia de DMV. Su audiencia de DMV tiene lugar generalmente entre 1 y 3 meses luego de su arresto; por lo tanto, un aplazamiento puede darle al menos dos meses más para conducir. Una audiencia de DMV le da una oportunidad para intentar evitar que el DMV le suspenda la licencia.

Alerta –Cuando hable con un empleado del DMV escriba su nombre y la fecha y hora del llamado, a fin de dejar constancia y verificar que usted llamó al DMV dentro de los 10 días transcurridos desde su arresto. El DMV es muy estricto con la regla de los 10 días.

El empleado del DMV le pedirá su número de licencia de conducir, fecha del arresto, lugar donde fue arrestado, nombre y número de identificación personal del oficial que lo arrestó y qué tipo de examen le tomó, de sangre o de aliento, o si usted se negó a tomar el examen. Su multa contiene esta información, así que téngala a mano. Luego, el empleado del DMV probablemente le pregunte si va a contratar un abogado; en caso afirmativo, el DMV le dará 5 días para que su abogado se ponga en contacto con ellos y fije una audiencia. A veces, cuando usted llama al DMV ponen su llamada en espera por mucho tiempo, por lo tanto, en lugar de llamar puede enviar un fax con su número de licencia de conducir, fecha del arresto, lugar del arresto, nombre y número de serie del oficial, y tipo de examen que le tomó. Asegúrese de conservar la confirmación del envío del fax para probar que se contactó con el DMV dentro del período de los 10 días desde su arresto.


Qué ocurre en una audiencia de DMV

Qué ocurre en una audiencia de DMV

En una audiencia de DMV, el único interés del DMV es determinar 3 cuestiones legales, y desafortunadamente su necesidad de conducir por razones laborales no es una de las cuestiones que considera el DMV.

Si tomó un examen de sangre o de aliento, las 3 cuestiones en su audiencia de DMV serán

  1. ¿Tenía el policía un motivo razonable para creer que usted estaba conduciendo un vehículo motorizado en violación a la sección 23140, 23152, ó 23153 del Código de Vehículos?
  2. ¿Lo arrestaron legalmente?
  3. ¿Estaba conduciendo un vehículo motorizado mientras tenía 0.08% ó más nivel de alcohol en la sangre?

(Alerta respecto de los casos de negación –si por alguna razón el oficial dijo que usted se negó a tomar el examen, el caso es serio, porque usted recibirá un castigo mayor por parte del DMV y la corte, así que vea más abajo porque para casos de negación hay diferentes cuestiones en las audiencias de DMV).

A fin de ganar su audiencia de DMV y lograr que el DMV no tome acciones contra su licencia, debe ser persuasivo en una de estas 3 cuestiones.
Otras sub-cuestiones en una audiencia de DMV incluyen si le tomaron el examen dentro de las 3 horas de haber estado conduciendo, si el oficial lo observó continuamente durante 15 minutos antes de tomarle el examen de aliento, de acuerdo al título 17 de las regulaciones de California. ¿El oficial estaba capacitado para tomar el examen de aliento?, ¿Se completó y se juró adecuadamente la declaración DS367 de los oficiales? ¿Se contradijo la presunción del deber oficial, i.e., hay evidencia de que el oficial no desempeñó sus deberes oficiales apropiadamente? Si puede ser persuasivo en alguna de estas sub-cuestiones, posiblemente gane su audiencia de DMV.

Si gana su audiencia, el DMV no tomará acciones contra su licencia; sin embargo, debe saber que la corte igualmente tiene el poder de restringir, suspender o revocar su licencia, de acuerdo a su caso y a si usted tiene ofensas DUI previas.

Lo terrible del DUI es que la corte y el DMV tienen poderes separados e independientes sobre su licencia, lo cual puede resultar muy confuso, así que tenga presente este hecho al determinar lo que puede ocurrir con su licencia.
Si pierde su audiencia de DMV tiene derecho a solicitar la revisión departamental del DMV sobre dicha decisión, y también puede demandar al DMV en una corte civil. Si gana el juicio en la corte, y el jurado o el juez no lo encuentran culpable de conducir con 0.08 o más, el DMV debe devolverle su licencia.

Si pierde su audiencia de DMV, debe confrontar las siguientes suspensiones:

Primer ofensa DUI –El DMV suspenderá su licencia por 4 meses, o si desea una licencia restringida la suspenderán por un mes y la restringirán por 5 meses después del mes de suspensión (“licencia restringida” significa que usted puede conducir por cuestiones laborales, y para asistir al programa de rehabilitación alcohólica solamente). En síntesis, con la primer ofensa DUI no puede conducir durante 30 días si perdió su audiencia de DMV, pero después de 30 días puede obtener una licencia restringida para conducir por razones laborales.

Segunda ofensa DUI dentro de un período de 10 años –si pierde su audiencia de DMV, el DMV suspenderá su licencia por un año (eso significa que tiene prohibido conducir por un año; ni siquiera puede conducir para trabajar –la gente no puede creer que el DMV no permitirá una licencia restringida durante este año, pero la ley es brutal y no tiene piedad con las segundas ofensas DUI, y su licencia será suspendida por un año –El DMV prohíbe terminantemente conducir con una segunda ofensa DUI)

Tercer ofensa DUI dentro de un período de 10 años –el DMV y la corte intentarán revocar su licencia durante 3 años, imposibilitándole conducir. Luego de 2 años, puede aspirar a obtener una licencia restringida que le permita conducir por razones laborales.


CASOS DE NEGACIÓN

CASOS DE NEGACIÓN

Si usted se rehúsa a tomar el examen de aliento o de sangre, existen diferentes cuestiones:

  1. ¿Tenía el policía un motivo razonable para creer que usted estaba conduciendo un vehículo motorizado en violación de la sección 23140, 23152, ó 23153 del Código de Vehículos?
  2. ¿Fue un arresto legal?
  3. ¿Le dijeron que si se negaba a tomar el examen de sangre o aliento, o si no podía completarlo, le suspenderían el privilegio de conducir por un año o se lo revocarían por dos o tres años?
  4. ¿Se negó a tomar el examen de sangre o aliento o no pudo completarlo luego de que el oficial de paz se lo pidiera?

Alerta –si el oficial dice que usted se negó a tomar el examen de sangre o de aliento, aún cuando usted intentó soplar en la máquina, suspenderán su licencia por un año sin posibilidad alguna de obtener una licencia restringida para conducir por razones laborales durante la suspensión. Si usted tiene infracciones DUI previas, recibirá una suspensión más larga. En todos los casos de negación, a fin de que le devuelvan su licencia y evite un castigo estricto, debe ganar su audiencia de DMV. Las cortes no tienen poder sobre su licencia en casos de negación, lo que significa que incluso cuando va a juicio y lo gana, no el estatus de su licencia no se verá afectado. Para que le devuelvan su licencia debe ganar la audiencia de DMV. Ha habido casos en los que la gente ha tratado de soplar en la máquina de aliento y, cuando no se obtenía ningún resultado, los oficiales se impacientaban, acusando de no soplar con la fuerza suficiente, para luego decir que se han negado a tomar el examen, sin avisarles que recibirían una suspensión de su licencia por un año, y un mínimo de 48hs en prisión por negarse a tomar el examen. Por lo tanto, los casos de negación son muy serios y hay que asistir a una audiencia de DMV para pelear estos alegatos.


Lo que enfrenta en la corte por parte del fiscal y el juez

Lo que enfrenta en la corte por parte del fiscal y el juez – Típicas Sentencias de Conformidad (Sin circunstancias agravantes)

Si lo arrestaron por DUI por primera vez en su vida o si han pasado más de 10 años desde su última ofensa DUI y los resultados de su examen de sangre o aliento son .11 o superiores, probablemente el fiscal de la corte le ofrezca una sentencia de conformidad para los casos de Primera ofensa DUI.

Nota –Con una primera ofensa DUI no debe ir a prisión a menos que exista alguna circunstancia agravante en su caso (Algunos abogados intentarán asustarlo diciéndole que con una primera ofensa DUI puede ir a prisión –esto no es verdad, a menos que exista una circunstancia agravante)

Primera ofensa DUI -SENTENCIA DE CONFORMIDAD: generalmente, 3 años de libertad condicional, aproximadamente $1.700 de multas, un curso de rehabilitación alcohólica de tres meses, y una orden judicial para restringir su licencia por 90 días.

Segunda ofensa DUI -SENTENCIA DE CONFORMIDAD: generalmente, de 3 a 5 años de libertad condicional, un mínimo de $1.700 de multas, un curso de rehabilitación alcohólica de 18 meses, 96 horas en prisión, y 2 años de suspensión de su licencia o licencia restringida por 18 meses.

Tercer ofensa DUI -SENTENCIA DE CONFORMIDAD: generalmente, 5 años de libertad condicional, un mínimo de 120 días en prisión, un mínimo de $1.700 de multas, revocación de su licencia durante 3 años, y posiblemente un curso de rehabilitación alcohólica, dispositivo en el encendido del motor, o confiscación de su auto.


Wet Reckless

Wet Reckless:

Cuando sus niveles de alcohol en la sangre rondan el .08, y si sus pruebas de sobriedad no salieron mal, el fiscal puede ofrecer lo que se llama un Wet Reckless. Un Wet Reckless es un DUI menos severo. Es un antecedente en su historial, lo que significa que si usted tiene otra ofensa DUI en los siguientes 10 años, se la considerará su segunda ofensa DUI. Un Wet Reckless suele implicar multas menores, libertad condicional y curso de rehabilitación alcohólica, y ninguna restricción judicial en su licencia. Los problemas de un Wet Reckless residen en que tendrá un DUI en su historial y la compañía aseguradora lo considerará un DUI.

.07/.08 Si sus resultados del examen de aliento fueron .07 ó .08 y su caso se encuentra en la División 60, 1945 S. Hill Street, o en la División 103 de la Corte de Van Nuys, llame a nuestra oficina inmediatamente porque tenemos muy buena reputación de lograr que se retiren los cargos por DUI en casos como estos. (310) 285-1516


Ir a juicio o arreglar el caso con una Sentencia de conformidad

SENTENCIA DE CONFORMIDAD O JUICIO

Tener un juicio por jurado: si usted decide que no quiere aceptar la sentencia de conformidad dictada por el fiscal, su otra opción es tener un juicio por jurado. Por ley, usted tiene derecho a tener un juicio rápido. Esto significa que 45 días después de su primera citación judicial, usted tiene derecho a un juicio por jurado. Usted puede elegir un jurado y hacer que el jurado escuche la evidencia contra usted, y dejarlo decidir si usted es culpable o inocente de los cargos. (Si usted se encuentra detenido en la cárcel, tiene derecho a un juicio rápido, luego de 35 días)

Las ventajas de ir a juicio son que si usted gana, no tendrá una ofensa DUI en su historial durante 10 años, le devuelven su licencia, evita cualquier pena por ofensas DUI potencial, y probablemente evite el aumento de la tarifa de su seguro.
Las desventajas de un juicio son que usted invertirá tiempo, dinero y estrés, y no existe garantía acerca de la pena que le impondrá el juez en caso de que pierda.

Los juicios son muy lentos. Los juicios por ofensas DUI normalmente duran entre 3 y 7 días, por lo tanto, necesitará tomarse un tiempo para llevarlo. Por lo general, los abogados cobran más por los juicios, y con frecuencia se necesita de un perito para atestiguar a su favor, y el perito puede costarle mas o menos $750 por atestiguar, así que los juicios toman más tiempo y dinero. Además, los juicios son estresantes porque usted no sabe qué decidirá el jurado, y si el jurado lo encuentra culpable, usted afrontará el estrés agregado de no saber qué castigo le impondrá el juez, quien es el que en última instancia lo sentenciará. Por eso, los juicios significan inversión de tiempo y dinero sin garantías; así que debe poner en la balanza los riesgos y los beneficios de tomar tal decisión.

EL FISCAL

El fiscal determina la sentencia de conformidad que se le ofrecerá. Cuando usted vaya a la corte por primera vez, el fiscal ya habrá leído el informe policial sobre su arresto. Este informe suele contener la razón por la cual el oficial le hizo detener su auto, su opinión sobre los síntomas objetivos (ojos, manera de hablar, aliento, etc.), su opinión sobre su desempeño en los exámenes de sobriedad, y los resultados del examen de aliento o sangre. Muchas veces, estos informes policiales son confusos e imprecisos.

Los más importante a los ojos del fiscal es el nivel de alcohol en la sangre que resulta del examen de aliento o sangre, y si se trata de su primera, segunda o tercera ofensa DUI en los últimos 10 años. El fiscal también busca circunstancias agravantes, tales como si usted se involucró en un accidente, si su nivel de alcohol en la sangre era mayor a .20, si había niños menores de 14 años en el auto, si se encuentra en libertad condicional por una ofensa DUI anterior, o si se negó a tomar el examen de aliento o sangre. Si existe alguna de estas circunstancias agravantes, posiblemente reciba una pena mayor por parte del fiscal, y puede terminar yendo a prisión. El fiscal escribirá una oferta de sentencia de conformidad. Esta oferta suele ser predecible si no hay circunstancias agravantes, y suele depender de su BAC (nivel de alcohol en la sangre). Vea el cuadro más abajo.


Es menor de 21 años y fue arrestado

Usted es menor de 21 años y ha sido arrestado o detenido por beber y conducir

California tiene leyes de tolerancia cero para los menores de 21 años que conducen con alcohol en el organismo –si usted tomó un examen de aliento o de sangre y su BAC fue .01 o mayor, recibirá una suspensión de su licencia por un año por parte del DMV. La corte y el DMV intentarán suspender su licencia por un año. Incluso cuando usted tiene menos de 21 años puede tener una audiencia de DMV y un aplazamiento de su sentencia, por lo tanto asegúrese de llamar al DMV dentro de los 10 días para solicitar una audiencia y un aplazamiento de su sentencia para pelear su suspensión.

Sin embargo, bajo la ley de tolerancia cero, usted puede solicitar a la corte y al DMV una licencia restringida por necesidad crítica, que le permitirá conducir a la escuela y al trabajo solamente. Sus posibilidades de obtener una licencia por necesidad crítica por parte del DMV suelen depender de si el transporte público no es adecuado y de si usted está ayudando a mantener su familia con su trabajo.


SENTENCIAS DE CONFORMIDAD TÍPICAS

SENTENCIAS DE CONFORMIDAD TÍPICAS

Las sentencias de conformidad son su alternativa si usted no quiere ir a juicio; toman menos tiempo, y usted sabe a qué se enfrenta. Abajo le presentamos las sentencias de conformidad típicas que usted puede esperar que el fiscal le ofrezca en la corte. Estas son sentencias de conformidad para casos en los que no existen circunstancias agravantes. Los casos con circunstancias agravantes reciben una pena mayor por parte del fiscal.

Lo que enfrenta en la corte por parte del fiscal y el juez – Típicas Sentencias de Conformidad (Sin circunstancias agravantes)

Si lo arrestaron por DUI por primera vez en su vida o si han pasado más de 10 años desde su última ofensa DUI y los resultados de su examen de sangre o aliento son .11 o superiores, probablemente el fiscal de la corte le ofrezca una sentencia de conformidad para los casos de Primera ofensa DUI.

Nota –Con una primera ofensa DUI no debe ir a prisión a menos que exista alguna circunstancia agravante en su caso (Algunos abogados intentarán asustarlo diciéndole que con una primera ofensa DUI puede ir a prisión –esto no es verdad, a menos que exista una circunstancia agravante)

Primera ofensa

DUI -SENTENCIA DE CONFORMIDAD: generalmente, 3 años de libertad condicional, aproximadamente $1.700 de multas, un curso de rehabilitación alcohólica de tres meses, y una orden judicial para restringir su licencia por 90 días.

Segunda ofensa

DUI -SENTENCIA DE CONFORMIDAD: generalmente, de 3 a 5 años de libertad condicional, un mínimo de $1.700 de multas, un curso de rehabilitación alcohólica de 18 meses, 96 horas en prisión, y 2 años de suspensión de su licencia o licencia restringida por 18 meses.

Tercer ofensa

DUI -SENTENCIA DE CONFORMIDAD: generalmente, 5 años de libertad condicional, un mínimo de 120 días en prisión, un mínimo de $1.700 de multas, revocación de su licencia durante 3 años, y posiblemente un curso de rehabilitación alcohólica, dispositivo en el encendido del motor, o confiscación de su auto.

Wet Reckless:

Cuando sus niveles de alcohol en la sangre rondan el .08, y si sus pruebas de sobriedad no salieron mal, el fiscal puede ofrecer lo que se llama un Wet Reckless. Un Wet Reckless es un DUI menos severo. Es un antecedente en su historial, lo que significa que si usted tiene otra ofensa DUI en los siguientes 10 años, se la considerará su segunda ofensa DUI. Un Wet Reckless suele implicar multas menores, libertad condicional y curso de rehabilitación alcohólica, y ninguna restricción judicial en su licencia. Los problemas de un Wet Reckless residen en que tendrá un DUI en su historial y la compañía aseguradora lo considerará un DUI.

.07/.08 Si sus resultados del examen de aliento fueron .07 ó .08 y su caso se encuentra en la División 60, 1945 S. Hill Street, o en la División 103 de la Corte de Van Nuys, llame a nuestra oficina inmediatamente porque tenemos muy buena reputación de lograr que se retiren los cargos por DUI en casos como estos. (310) 285-1516


CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

  1. Se involucró en una accidente con otro auto.
  2. Se involucró en una accidente con otro auto y alguien resultó herido.
  3. Los resultados de su examen de aliento o sangre son .20 o superiores.
  4. Había niños menores de 14 años en el auto (si su caso si se encuentra en las cortes de Van Nuys, Hill Street, Hollywood, San Pedro, Airport, o San Fernando, bajo la nueva política 2002 respecto de poner en peligro a un menor de edad, esto puede resultar en un mínimo de 30 días de prisión y un año de consejería)
  5. Se negó a tomar el examen de sangre o aliento.
  6. Ya estaba bajo libertad condicional por una ofensa DUI anterior.
  7. Su licencia había expirado o estaba suspendida o no tiene licencia de California
  8. Tiene 2 ó 3 ofensas DUI en un período corto de tiempo
  9. Estaba conduciendo a una velocidad de al menos 25 ó 30 mph por encima del límite permitido y lo hacía de manera imprudente
  10. Es menor de 21 años
  11. También se le acusa del cargo de asalto

Si su caso posee alguna de estas circunstancias agravantes, llámenos para discutir lo que deberá afrontar y cuáles son sus opciones. Llame a Pardoe & Asociados al (310) 285-1516 

Normalmente, cuando lo arrestan por DUI, afronta las sentencias de conformidad típicas nombradas previamente. Sin embargo, cuando el fiscal lee el informe policial y conoce las circunstancias agravantes, suele tratar de imponer un castigo adicional. Un castigo adicional puede ser ir a prisión, CalTrans (California Department of Transportation), multas mayores, programas de rehabilitación alcohólica más largos, etc.

Los casos de DUI con accidentes están mal vistos especialmente en las cortes de Hill Street, Van Nuys y Airport, y los fiscales de estas cortes buscarán dictar prisión o CalTrans.

Un accidente en el que le provoca un daño a alguien además de usted, es incluso peor porque a sus cargos se le sumará el de delito menor DUI con lesiones, que según la ley se impone un mínimo de 5 días en prisión y la suspensión de la licencia por un año. Si existen lesiones mayores, como un hueso roto o algunas otras lesiones mayores, puede ser acusado del cargo de delito grave DUI y ser condenado a la prisión del estado por 16 meses.

Si está involucrado en una accidente, , posiblemente enfrente una audiencia de restitución en la que probablemente tenga que pagar por los daños causados en el accidente. Además, por sumar agravio o insulto al daño en caso de accidente, recibirá una cuenta de la CHP (California Highway Patrol) o el LAPD (Los Angeles Police Department) demandando que pague por el tiempo que el oficial invirtió en investigarlo y arrestarlo por el accidente DUI.

Si los resultados de su examen de sangre o aliento superan los .20 (con resultados tales como .21, .22, .23, etc., el fiscal lo hará asistir al programa de rehabilitación alcohólica de 6 meses, y posiblemente ir a prisión, CalTrans, reuniones AA, etc. -esto depende muchas veces del fiscal y de la corte en la que se encuentra)

Si lo acusan de DUI y hay niños menores de 14 años en el auto, y su caso se encuentra en las cortes de Van Nuys, Hill Street, Hollywood, San Pedro, Airport, o San Fernando, con la implementación de la nueva política 2002 respecto de poner en peligro a un menor de edad, esto puede resultar en un mínimo de 30 días de prisión y un año de consejería como castigo adicional. En otras cortes, probablemente tenga que pasar 48hs en prisión.

Si lo acusan de negarse a tomar el examen de sangre o aliento, probablemente pase 48 horas en prisión y tenga que asistir a un programa de rehabilitación alcohólica de 6 meses. Además, el DMV querrá suspender su licencia por al menos un año.

Si está bajo libertad condicional por una ofensa DUI anterior y lo arrestan por una nueva ofensa DUI, enfrenta lo que se llama una audiencia por violación de la libertad condicional. Esto significa que debe presentarse ante un juez relacionado a su antiguo caso (generalmente se trata del juez que lo sentenció en su primer ofensa DUI) quien tiene el poder de condenarlo a prisión por violación de los términos de su libertad condicional, tales como la condición de no beber y conducir con cualquier cantidad mesurable de alcohol. En situaciones como estas, su suerte depende de la corte en la que está y ante qué juez se presentó, porque puede ser condenado a un tiempo significativo en prisión por violaciones de la libertad condicional. Por favor, llámenos si tiene una violación de la libertad condicional, para discutir sobre la corte en la que está y el juez ante el cual tiene que presentarse.

Si su licencia estaba suspendida o había expirado o si nunca obtuvo una licencia de California, posiblemente reciba un castigo adicional, como 48 horas en prisión, dependiendo de la corte y el fiscal. Necesita hacer todo lo posible para que le devuelvan su licencia, porque si le muestra una licencia válida al fiscal, a veces retira los cargos contra la licencia.

Si tiene condenas de suspensión de su licencia anteriores posiblemente deba ir a prisión y reciba multas. Si en alguna oportunidad habían suspendido su licencia debido a una ofensa DUI anterior, y el fiscal lo acusa de conducir con una licencia suspendida por una ofensa DUI previa (sección 14601.2 del Código de Vehículos), posiblemente sea condenado a 10 días en prisión, una multa mayor, y deberá instalar en su auto un dispositivo en el encendido del motor. Este dispositivo necesita que sople en él cada vez que quiere poner en marcha su auto, y si hay alcohol en su aliento, no se pondrá en marcha.

Si tiene dos o tres ofensas DUI en un período corto de tiempo y debe asistir a una de las cortes rígidas como Hill Street o Van Nuys, puede ser condenado a un tiempo significativo en prisión y a un castigo importante por parte de los fiscales y los jueces.

Si usted está conduciendo en la autopista a una velocidad al menos 30 mph por encima
de la permitida, o a 20 mph por encima del límite de velocidad en alguna otra calle, y está conduciendo de manera imprudente, amenazando la seguridad de las personas y la propiedad, el fiscal intentará imponer la Sección 23582 del Código de Vehículos, que prevé una pena de 60 días en prisión. El exceso de velocidad solo no viola esta ley. Debe ir aparejado con el manejo imprudente para que se lo declare culpable de esta ofensa. Sin embargo, si excede los límites de velocidad notablemente, como por ejemplo a más de 100 mph, se le impondrá un castigo adicional por parte de los fiscales.

Si es menor de 21 años y lo arrestan por DUI, el DMV y la corte querrán suspender su licencia por un año, de acuerdo a lo dictado por la ley de tolerancia cero. Además, las cortes querrán que visite un programa de un hospital y una morgue para bebedores menores de edad u otro tipo de programas similares.

Si lo arrestaron por DUI y también lo acusan de asalto, posiblemente vaya a prisión y reciba multas mayores. Además, un asalto -al igual que el DUI- merece 2 puntos en su licencia, por lo tanto, si es condenado por el DUI y el asalto, puede tener 4 puntos en su licencia. Cuando el DMV encuentra 4 puntos en su licencia, probablemente quiera intentar suspender su licencia por 6 meses, por tratarse de negligencia. De ahí que su primera meta sea tratar de lograr que el fiscal retire los cargos por asalto, así no tiene puntos adicionales en su licencia.

Costos potenciales de un DUI

Un DUI puede ser muy costoso. Estos son algunos de los costos que debe afrontar: como mínimo, multas judiciales de aproximadamente $1.700; si usted lo desea, el juez puede darle permiso para hacer CalTrans, servicios comunitarios, o ir a prisión, en vez de pagar la multa.

Si tiene que asistir al programa de rehabilitación alcohólica, el programa para la primera ofensa (AB541) generalmente cuesta cerca de $600. El programa para la segunda ofensa (SB38) dura 18 meses y cuesta alrededor de $1.800 – $1.900.

Tiene que pagar $180 al DMV para la renovación de su licencia, sin mencionar los honorarios del abogado. Otros costos potenciales pueden incluir embargo, y un dispositivo en el encendido del motor.

Con el paso del tiempo, la prima de su seguro puede aumentar.

Si está involucrado en un accidente, asumirá los pagos de indemnización a la víctima, y además una cuenta del LAPD o la CHP por el tiempo que invirtieron arrestándolo.


Cuando debe ir a prisión por una ofensa DUI

Cuando debe ir a prisión por una ofensa DUI

Con la primer ofensa DUI, no debe ir a prisión, a menos que exista una circunstancia agravante. Con la segunda ofensa DUI, la ley dice que usted debe ir a prisión por un mínimo de 96 horas. Con una tercera ofensa DUI en un período de 10 años, la ley dice que debe ir a prisión por un mínimo de 120 días. Con una cuarta ofensa DUI en 10 años, probablemente afronte cargos de delito grave de DUI, y posiblemente sea sentenciado a un mínimo de 16 meses en la cárcel del estado.


Sistemas Alternativos a la Prisión

Sistemas Alternativos a la Prisión

Afortunadamente, existen métodos alternativos a la Prisión del Condado de Los Ángeles, entre los cuales encontramos: arresto domiciliario, permiso de ausencia para trabajar y liberación por empleo, CalTrans, servicios comunitarios, prisión privada, programas de rehabilitación alcohólica, etc. Nuestro estudio de abogados tiene muy buena reputación obteniendo alternativas a la prisión del condado, lo cual le permite a la gente continuar trabajando y permaneciendo fuera de la cárcel. Por favor, si afronta alguna sentencia a prisión, llámenos.


Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes

El oficial nunca me leyó mis derechos
La ley exige que cuando alguien que se encuentra en custodia policial resulta interrogada, tiene que ser informada sobre su derecho a guardar silencio, su derecho a un abogado, y que lo que diga puede ser usado en su contra en la corte. Estos son sus derechos Miranda. Esto significa básicamente que cuando usted está esposado y el oficial le está haciendo preguntas que posiblemente puedan incriminarlo, le debe informar sobre sus derechos Miranda recién nombrados. Si el oficial le está haciendo preguntas mientras usted está en su auto o antes de esposarlo, usualmente se lo considera una entrevista de investigación, y no debe decirle sus derechos Miranda. Desafortunadamente, los oficiales raras veces leen los derechos Miranda a las personas en arrestos por ofensas DUI, y el hecho de que no lo hagan no lo exime a usted de que los resultados de su examen de aliento o sangre sean usados en su contra. La violación de sus derechos Miranda sólo puede resultar en la exclusión de las declaraciones que le hizo al oficial, solamente si el juez cree que usted estaba en un interrogatorio de personas en custodia y el oficial no le leyó sus derechos, lo cual es difícil porque de cualquier modo el oficial probablemente alegue que sí se los leyó.

Cuál es la diferencia entre la máquina de aliento en la que soplo al costado de la ruta y la máquina de aliento en la que soplo en la estación de policía
– Generalmente, luego de que el oficial detiene su auto y le toma algunos exámenes de sobriedad, sacará un dispositivo de aliento que se sostiene con la mano, en el que le hará soplar. Esta máquina se llama dispositivo de monitoreo preliminar de alcohol (dispositivo PAS). La ley lo describe como un examen de sobriedad callejero que el oficial puede usar para detectar la presencia de alcohol en la sangre. Según la ley, se supone que soplar en este dispositivo es optativo; el oficial le debe decir que usted puede rehusarse a tomar este examen, pero desafortunadamente los oficiales casi nunca le dicen que soplar en este dispositivo es optativo, y le hacen soplar. Luego de que usted sopla, casi nunca le dicen los resultados.

Los resultados del dispositivo PAS en la escena de su arresto no son tan precisos como los de las máquinas de aliento de la estación de policía. Los fiscales les dan más peso a los resultados de aliento de las máquinas de la estación de policías. Sin embargo, si los resultados del dispositivo PAS son inferiores a los de la máquina de la estación de policía, usted puede alegar que su nivel de alcohol en la sangre aumentó después de conducir, y potencialmente contará con la defensa del aumento de alcohol en la sangre, especialmente si sus resultados oscilan el 0.8.

Cuándo debe ir a prisión por una ofensa DUI
-Con la primer ofensa DUI, no deberá ir a prisión, a menos que existan circunstancias agravantes. Con una segunda ofensa DUI, la ley ordena sentencia a prisión por un mínimo de 96 horas. Con una tercer ofensa DUI en 10 años, la ley ordena un mínimo de 120 días de prisión. Con una cuarta ofensa DUI en 10 años, afrontará posibles cargos de delito grave de DUI, y probablemente sea sentenciado a la prisión del estado por un mínimo de 16 meses.

Cuánto tiempo permanece el DUI en su historial:
Un delito menor de DUI permanece en su historial criminal y del DMV por 10 años. Después de 10 años, las cortes y el DMV no puede usar ese DUI en su contra. Un delito grave de DUI permanece en su historial por 10 años.

Alerta por segunda ofensa DUI:
California es ridículamente estricta con aquellos que tienen un DUI a menos de 10 años de haber tenido otro. Debe darse cuenta de que, con la segunda ofensa DUI, la Ley de California quiere enviarlo a prisión por 96 horas y suspender su licencia por un año sin permiso para conducir en absoluto, ni siquiera para trabajar.


Su empleo

Su empleo

Casi todos en Los Ángeles necesitan una licencia para conducir al trabajo, y no pueden faltar a su empleo para ir a prisión. Si lo sentencian a prisión, tenemos muy buena reputación obteniendo alternativas a la prisión del condado de Los Ángeles, tales como servicios comunitarios, Cárcel Privada, CalTrans, permiso para trabajar, arresto domiciliario, etc.; de este modo, la gente no falta a su trabajo y no pierde su empleo. Por favor, llámenos si tiene alguna pregunta para hacernos. Con una primera ofensa DUI, si el DMV suspende su licencia, después de una suspensión de un mes puede obtener una licencia restringida para conducir al trabajo.


Su seguro

Su seguro

Si suspenden su licencia, en algún punto tendrá que obtener un SR-22 de su compañía aseguradora para que el DMV le devuelva su licencia. Un SR-22 generalmente le indica a su compañía aseguradora que usted tiene un DUI, y harán alguna de estas tres cosas: cancelar su seguro, aumentar sus cuotas, o no hará nada al respecto. Una ofensa DUI en su historial puede aumentar las tarifas del seguro notablemente.


Delito grave de DUI

Delito grave de DUI

La mayoría de las ofensas DUI se archivan como delitos menores. Sin embargo, si usted tiene 4 en 10 años, o si se involucra en un accidente serio y alguien resulta gravemente herido, afrontará el cargo de delito grave de DUI. Puede ser acusado de delito grave de DUI incluso si un pasajero de su auto resultó seriamente herido. Los delitos graves de DUI son muy serios porque se le impone una sentencia mínima de 16 meses en la prisión del estado y libertad condicional después de la sentencia.


Puntos en mi licencia

Puntos en mi licencia

Un DUI en su historial resulta en 2 puntos en su licencia. Si tiene 4 puntos en un año, 6 puntos en 2 años u 8 puntos en 3 años, el DMV tratará de suspender su licencia por 6 meses por considerarlo un conductor negligente. Las infracciones de tránsito tales como exceso de velocidad y violación de las señales de ALTO merecen 1 punto. Ofensas de asalto y wet reckless merecen 2 puntos. Usted siempre querrá evitar puntos en su licencia, así que asista a la escuela de tráfico cada 18 meses para ocultar cualquier multa que le puedan poner. Si el DMV quiere suspender su licencia por considerarlo un conductor negligente, igualmente tiene derecho a una audiencia de DMV, y podría obtener una restricción de su licencia si conduce mucho por trabajo; por lo tanto, asegúrese de obtener una audiencia en estas situaciones.


En qué corte tiene que presentarse

En qué corte tiene que presentarse

Cada corte en el condado de Los Ángeles tiene su propia idiosincrasia, lo que significa que existen diferencias que pueden afectar su caso. Para la ciudad de Los Ángeles, los Fiscales de la Ciudad de Los Ángeles tramitan su DUI si usted fue arrestado dentro de los límites de la ciudad. Por lo tanto, si su caso está en la división 60 ó 61, en 1945 Hill Street, la división 103 o la división 104 de la corte de Van Nuys, la división 140 o la división 141 de la corte de Airport en La Cienaga, la división 139 en San Fernando, o la corte de Hollywood o San Pedro, su caso estará manejado por un abogado de la ciudad de Los Ángeles. Los abogados de la ciudad de Los Ángeles sólo manejan casos de delito menor. Los abogados de la ciudad tienden a ser más rígidos en los casos de DUI con circunstancias agravantes, y generalmente buscarán la condena a prisión. Sin embargo, si su BAC ronda el .08, los abogados de la ciudad suelen ser más razonables en disminuir o retirar los cargos de DUI que los fiscales del condado de Los Ángeles.

Si su caso está en una de las siguientes cortes, será manejado por un fiscal del Condado de Los Ángeles. Los fiscales de un distrito judicial manejan los casos que se encuentran dentro de la jurisdicción del condado. Los fiscales de un distrito judicial manejan casos tanto de delitos graves como de delitos menores, y suelen ser más agradables que los abogados de la ciudad en cuanto a casos que involucran circunstancias agravantes; no buscan la sentencia a prisión tanto como los abogados de la ciudad; sin embargo, los fiscales de un distrito judicial suelen ser más rígidos que los abogados de la ciudad cuando se trata de reducir o anular sus cargos de DUI cuando su BAC ronda el .08.

Si su caso se encuentra en Los Angeles Este, Compton, Pomona, Newhall, Inglewood, Malibu, Rio Hondo (El Monte), Citrus (West Covina), Pomona, Beverly Hills, Glendale, Alhambra, Santa Anita, Lancaster, SouthGate, Huntington Park, Los Cerritos (Bellflower) Whittier, o Torrance, probablemente sea manejado por un Fiscal del Condado de Los Ángeles.

Si fue arrestado en Pasadena, Redondo Beach, Hermosa Beach, Manhattan Beach, Santa Monica, Hawthorne, o Inglewood, su caso probablemente sea manejado por un Fiscal de alguna de esas ciudades. Por ejemplo, los abogados de las ciudades de Pasadena o Hermosa Beach manejarán su caso. Estos fiscales son diferentes a los abogados de la Ciudad de Los Ángeles y a los Fiscales del Condado de Los Ángeles, y son muchos más sensatos.

Las cortes más rígidas son: la División 60 y 61 de 1945 Hill street, y la División 103 y la División 104 de Van Nuys, y la División 140 y la División 141 en la corte de Airport en La Cienega. Estas son las peores cortes para casos con circunstancias agravantes, porque no tienen reparo a la hora de condenar a prisión. Lancaster y Newhall son cortes estrictas.

Por favor, llámenos hoy para discutir sobre su corte (310) 285-1516 ó envíenos un email

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Free Legal Consultation with a Los Angeles DUI Attorney(310) 285-1516